- El usuario del Salón del Primer Nivel del Edificio Ramón Polo, concebido bajo contrato, solamente puede utilizar, estrictamente, el área del edificio y los parqueos.
- No usarán ninguna de las áreas verdes. Tampoco los gazebos del Parque Infantil.
- No se Permite ocupar el camino posterior que conecta con las Canchas de Tenis.
- Únicamente se le permitirá colocar 2 carpas en las áreas de PARQUEO:
- En el lado lateral derecho cercana a la barra.
- Detrás de la tarima en el área que delimita los jardines del Parque Infantil.
- La decoración a instalar para la actividad deberá ser aprobada y supervisada por el Gobernador de turno o el personal designado, utilizando solamente lo dispuesto en el salón.
- El socio se compromete a no hacer cambios en la estructura de la edificación. No puede usar clavos y pinturas en las paredes, los plafónes, techo y piso. Aceptando entregar el local en las mismas condiciones que la recibió.
- Es responsabilidad del socio cubrir los gastos ocasionados en la reparación de las áreas utilizadas o reponer los accesorios u objetos dañados en el salón.
- Los alquileres y demás enseres utilizados para el montaje y decoración el salón deberán ser retirados al finalizar la actividad o antes de las 9 de la mañana del sía siguiente. De no retirar a tiempo se aplicará una penalidad valorada en dinero, por cada hora que sobrepase el tiempo pactado según lo estipula el contrato.
- Es obligación del socio controlar el acceso de sus invitados a las instalaciones de la Sociedad y exigirles la presentación de la invitación cursada.
- El socio se compromete a no brindar, ni proporcionar de ninguna formo bebidas alcohólicas a menores de edad, conforme lo lo establece la ley.
- Los participantes en la celebración deberán permanecer en le área destinada a la misma.